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miércoles, 18 de noviembre de 2015

Pensiones.


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Pensiones

Si reside y ha trabajado en uno o varios de los países miembros de la UE o en Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, se le aplican las siguientes normas.

¿Quién paga su pensión?

  • Cada país en el que haya estado asegurado conservará su historial hasta que llegue a la edad de jubilación.
  • Cada país en el que haya estado asegurado como mínimo un año le abonará una pensión de vejez cuando alcance la edad de jubilación en el mismo. Para periodos más cortos, consulte las preguntas frecuentes.
  • Por ejemplo, si ha trabajado en tres países, recibirá tres pensiones de vejez.

¿Cómo se calcula su pensión?

Su pensión se calcula en función de su historial de seguro en cada país: el importe que recibirá de cada uno corresponderá a la duración de su cobertura de seguridad social en el mismo. Recibirá un resumen (documento P1) de las decisiones que cada país haya tomado sobre su solicitud.

¿Dónde debe solicitar la pensión?

Aun en caso de que haya trabajado en varios países, debe solicitar la pensión en aquel donde resida, salvo si nunca ha trabajado en él, en cuyo caso debe solicitarla en el último donde haya trabajado. Consulte nuestro directorio para encontrar su organismo de contacto

Jubilarse en el extranjero

La pensión se le abonará con independencia de donde resida en Europa (siempre y cuando sea en uno de los 28 países miembros de la UE o en Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza). Para informarse sobre las condiciones en otros países, consulte nuestras preguntas frecuentes.

Otras pensiones

En general, las mismas normas que regulan las pensiones de vejez se aplican tanto a las pensiones de invalidez como a las de viudedad y orfandad.

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